Ayuda al alquiler
Pagas un alquiler. Puede que te paguen parte.
El bono de alquiler joven ayuda con la renta a quien tiene entre 18 y 35 años y no llega a un tope de ingresos. Lo convoca cada comunidad, con su propio plazo.
Plazo abierto según tu comunidad
El bono de alquiler joven está prorrogado en 2026. Las convocatorias que siguen el plan estatal de vivienda 2022-2025 pagan 250 € al mes durante 24 meses, hasta 6.000 € en total. El nuevo plan 2026-2030 eleva la ayuda a 300 € al mes durante 48 meses —hasta 14.400 €— y sus convocatorias se esperan en el segundo semestre de 2026.
Lo gestionan las comunidades autónomas. Cada una abre su convocatoria cuando le corresponde, con su dotación y su plazo, así que la fecha que importa no es una fecha nacional sino la de la sede electrónica de tu comunidad. Es el punto donde más gente se queda fuera: no por no cumplir, sino por enterarse tarde.
Los dos requisitos que deciden casi todos los casos son la edad —de 18 a 35 años, ambos incluidos— y los ingresos, que no pueden superar tres veces el IPREM. Con el IPREM mensual de 2026 en 600,53 €, ese techo ronda los 21.600 € brutos anuales.
Puedes pedirla si…
- Tienes entre 18 y 35 años, ambos incluidos.
- Tus ingresos anuales no superan tres veces el IPREM: en torno a 21.600 € brutos con el IPREM de 2026.
- Vives en una vivienda en régimen de alquiler o de cesión de uso situada en España.
- Tienes contrato de arrendamiento a tu nombre y puedes acreditar los pagos.
- Hay convocatoria abierta en tu comunidad, o la habrá: es lo que hay que vigilar.
No podrás pedirla si…
- Tienes 36 años o más: la edad es un requisito rígido, y se mira en la fecha que fije la convocatoria.
- Tus ingresos superan el techo de tres veces el IPREM.
- Eres propietario o usufructuario de una vivienda en España, salvo los supuestos tasados que admita la convocatoria.
- No tienes contrato de alquiler a tu nombre, o no puedes acreditar los pagos de la renta.
Estos son los supuestos que con más frecuencia dejan una solicitud sin recorrido. Que aparezcan aquí no decide tu caso, y que no aparezcan tampoco lo garantiza: la concesión corresponde al organismo convocante, que puede denegarla.
Cómo funciona
Compruebas si te corresponde
Dos minutos y unos pocos datos, aquí mismo y sin registrarte. Si no cumples los requisitos, la calculadora te lo dice y te explica por qué, en vez de pedirte el teléfono.
Lo revisa una consultora
Trasladamos tu caso a la consultora colaboradora. Alguien lo mira y te llama: qué convocatoria te encaja, qué documentación hace falta y cuándo abre el plazo en tu comunidad, también cuando lo que ve es que no hay nada que pedir.
Decides tú
Con la valoración delante y las condiciones económicas por escrito. Llegar hasta aquí no cuesta nada y no compromete a nada. Y conviene decirlo: presentar la solicitud es gratis y puedes hacerla tú, lo que se paga es que alguien la prepare bien y a tiempo.
La consultora presenta el expediente
Prepara la documentación, presenta en plazo y sigue el expediente. La resolución la dicta el organismo convocante, que puede concederla o denegarla: eso no depende de nadie más.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se abre el plazo en mi comunidad?
No hay una fecha nacional, y desconfía de quien te dé una: cada comunidad publica su convocatoria en su diario oficial y abre su propio plazo. Lo que sí puedes hacer es tener la documentación lista, porque los plazos suelen ser cortos y en varias comunidades se ha resuelto por orden de entrada.
¿Son 250 € o 300 € al mes?
250 € al mes durante 24 meses en las convocatorias que siguen el plan 2022-2025, que son las que han estado activas. El plan estatal 2026-2030 sube la ayuda a 300 € al mes durante 48 meses, y sus convocatorias se esperan en el segundo semestre de 2026. Cuál te aplica depende de bajo qué plan salga la convocatoria de tu comunidad.
¿Cuenta el sueldo de mi pareja?
Depende de cómo esté planteada la solicitud y de lo que fije cada convocatoria sobre la unidad de convivencia. Es una de las cosas que conviene mirar con alguien antes de presentar, porque afecta directamente al cálculo de los ingresos.
¿Esto lo puedo pedir yo mismo?
Sí, y es gratis: se presenta en la sede electrónica de tu comunidad. Lo que hace un profesional es tener la documentación preparada antes de que abra el plazo y no equivocarse en el cómputo de ingresos, que es donde se deniegan más solicitudes.
¿Quieres que te preparen el expediente de ayuda al alquiler?
Cuéntanos lo básico y se lo pasamos a la consultora colaboradora. Un asesor lo revisa y te llama.
En qué se apoya
- · Real Decreto 42/2022, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
- · Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que eleva la ayuda a 300 € al mes durante 48 meses.
- · IPREM 2026: 600,53 € mensuales. El límite de ingresos es tres veces esa referencia.
- · Convocatorias autonómicas, publicadas cada una en el diario oficial de su comunidad.
Comprobado el 27 de agosto de 2026 contra la fuente oficial. Prorrogado en 2026. Cada comunidad convoca con su propio plazo; las convocatorias del plan 2026-2030 se esperan en el segundo semestre de 2026.